La educación media comprende dos grados que están organizados en períodos académicos independientes o articulados, con el objeto de facilitar la promoción del educando, procurar su permanencia dentro del servicio y organizar debidamente la intensificación y especialización a que se refieren los artículos 31 y 32 de la Ley 115 de 1994.
Con el fin de lograr una mejor relación entre las disciplinas y, de ofrecer alternativas al educando para conformar su plan de estudios, las asignaturas y los proyectos pedagógicos de carácter académico, se integrarán en conjuntos o unidades, cuyo curso se cumplirá en 3 períodos. Los estudios de educación media podrán nivelarse o validarse de acuerdo con el reglamento.